TECNÓLOGO EN GESTIÓN DE MERCADOS
“MIS DEBERES Y DERECHOS COMO APRENDIZ SENA”
ESPERANZA CARVAJAL PALACIO
C.C. 60.394.299
APRENDIZ
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE
SENA
DIC 2014
DESCRIPCION DE CASO 1
Federico es aprendiz de un
programa de formación de nivel técnico en el SENA en modalidad virtual y a
distancia. Hace cuatro meses inició su proceso de formación y su instructor le
ha solicitado que visite una empresa para observar el espacio donde permanece
la maquinaria y para que analice el mantenimiento que se le hace a la misma.
Federico llega a la empresa a efectuar
la visita planeada, pero el jefe de mantenimiento le solicita que presente el
carné personal que lo acredita como
aprendiz del Sena
Federico manifiesta que nunca
ha tenido carné y que en dos oportunidades se lo ha solicitado a la líder de
bienestar, ella le ha explicado que los carnés son para los aprendices de la
modalidad presencial. al que lo acredita como aprendiz SENA.
ANALISIS DEL CASO 1
De
acuerdo con el Reglamento de Aprendices en lo que respecta a los derechos,
proporcione una respuesta argumentada a los siguientes cuestionamientos:
1. ¿Qué respuesta la daría usted a Federico y en qué
capítulo del Reglamento se basaría?
2. En relación con la líder de bienestar, ¿qué opina acerca
de la respuesta que le dio la funcionaria al aprendiz? ¿Fue acertada o
equivocada? Expliqué por qué.
Analice
el caso descrito y proponga una solución.
SOLUCIÓN
1. ¿Qué respuesta la daría usted a Federico y en qué
capítulo del Reglamento se basaría?
De
acuerdo a lo analizado en este caso, considero que Federico primero que todo
debió leer muy bien el reglamento del aprendiz Sena, si bien es cierto que a
estas alturas no tenga su carnet en una negligencia administrativa, también es muy mal gusto que hable ante la
empresa que va a visitar mal de la institución que él va a
representar; él como aprendiz también tiene deberes y uno de ellos es pasar sus solicitudes por escrito
se debe amparar bajo lo que se describe en los
Derechos del aprendiz, Artículo 4 y los siguientes encisos:
4. Recibir en el
momento de la legalización su matrícula, el carné que lo acredite como Aprendiz
del SENA.
8. Ser escuchado
y atendido en sus peticiones respetuosas, por parte de los directivos,
Instructores
y personal administrativo, ante las dificultades que se puedan presentar en
su proceso de formación.
2. En relación con la líder de bienestar, ¿qué opina acerca
de la respuesta que le dio la funcionaria al aprendiz? ¿Fue acertada o equivocada?
Expliqué por qué.
Opino que está
totalmente equivocada ya que el aprendiz tiene el derecho de recibir una oportuna orientación, antes de ser enviado a
cualquier empresa y de igual manera como se relaciona en el párrafo anterior
una vez asentada su matrícula
deberá recibir el carnet que lo acredite
como aprendiz del Sena
De igual
manera el aprendiz debe también
velar por que se
hagan cumplir sus derechos y para
ello aplicaría
GESTIÓN ACADÉMICO ADMINISTRATIVA
ARTÍCULO 15. Los Centros
de Formación Profesional responderán y liderarán los trámites
académicos
y administrativos para atender las diferentes solicitudes elevadas por los
aprendices
dentro
de su proceso de formación, solicitudes que deben ser presentadas por escrito
radicado en
el
respectivo centro y registradas en el sistema de gestión académica; el centro
dentro de los diez
(10) días hábiles siguientes a su radicación deberá dar
la respuesta respectiva,
DESCRIPCIÓN
CASO 4
El
comité de evaluación y seguimiento está reunido para analizar unas situaciones
que se han presentado con algunos aprendices. Al finalizar la reunión, uno de
los miembros del equipo les manifiesta a los aprendices que formalmente el
subdirector del centro les enviará un comunicado con la información pertinente,
pero como conclusión, les puede adelantar que se aplicarán a tres aprendices
las medidas formativas correspondientes. Las medidas serán: dos por faltas
académicas, y una por falta disciplinaria. Adicionalmente, se va a brindar
estímulos a dos aprendices por su buen desempeño. Uno de los aprendices plantea
que no recuerda en qué consiste las faltas académicas y disciplinarias.
ANÁLISIS
DEL CASO 4
De
acuerdo con el Reglamento de Aprendices, explique a los compañeros lo
siguiente:
1.
¿Cuáles son las medidas formativas y en qué consisten?
2.
¿Cuáles son las sanciones que pueden imponerse a los aprendices por faltas
académicas o disciplinarias?
3.
Mencione por lo menos dos estímulos o incentivos que el SENA ha adoptado para
beneficio de los aprendices y qué casos se otorgan Analice el caso descrito y
responda según lo requerido. Publique el resultado del análisis sus respuestas
en el blog que ha creado. Notifique a su instructor oportunamente para que
evalúe la evidencia presentada.
SOLUCIÓN
1.
¿Cuáles
son las medidas formativas y en qué consisten?
Según lo consagrado en el Reglamento del
aprendiz SENA:
ARTÍCULO
27. Medidas Formativas. Las medidas formativas son aquellas acciones
que se aplican al Aprendiz SENA cuando se trate de hechos que contraríen en
menor grado el orden académico o disciplinario, sin afectar los deberes,
derechos y prohibiciones, o que se adopta con el fin de prevenir su ocurrencia,
o con el fin de generar cambios en el desempeño académico o en el
comportamiento disciplinario del Aprendiz.
Son
medidas formativas:
1. Llamado
de atención verbal: En este caso,
el aprendiz recibe un llamado de atención de forma verbal por parte del (los)
Instructor, el Coordinador Académico, el(los) responsable(s) de Bienestar, o el
Subdirector del Centro. Este llamado de atención verbal no constituye una
sanción.
2. Plan de
Mejoramiento académico: es un documento que consigna acciones
concertadas entre el Aprendiz y el Instructor o el Coordinador Académico, que
se formula durante la ejecución del programa de formación para garantizar el
logro de los resultados de aprendizaje, el cual deberá ejecutarse dentro del
término de un (1) mes contado a partir de la concertación del mismo con el
Aprendiz.
3. Plan de
mejoramiento disciplinario: Es una medida adoptada para definir acciones
de carácter comportamental, actitudinal o social, para propiciar en el Aprendiz
cambios en su conducta, cuando se le ha impuesto sanción disciplinaria consistente
en llamado de atención escrito o condicionamiento de matrícula; este plan debe
ser firmado por el Aprendiz y deberá contemplar la falta cometida y las
evidencias de cambio en el comportamiento que se esperan en un período máximo
de un (1) mes contado a partir de la concertación respectiva.
2.
¿Cuáles
son las sanciones que pueden imponerse a los aprendices por faltas académicas o
disciplinarias?
El reglamento del aprendiz SENA, consagra en
su artículo 28, sanciones:
a. Llamado de atención escrito: Medida
sancionatoria que se impone a través de comunicación escrita dirigida por el
Coordinador Académico o de Formación del Centro al Aprendiz, con copia a la
hoja de vida, como resultado del procedimiento establecido en este Reglamento,
por la falta académica o disciplinaria cometida por un aprendiz. Los llamados
de atención escrito implican compromisos escritos por parte del aprendiz en el
proceso de formación.
b. Condicionamiento de la matrícula: Acto
académico sancionatorio que se impone al Aprendiz que incurra en una falta académica
o disciplinaria, previo agotamiento del procedimiento establecido en este
Reglamento.
3.
Mencione
por lo menos dos estímulos o incentivos que el SENA ha adoptado para beneficio
de los aprendices y qué casos se otorgan
Según lo
consagrado en el artículo 8 de los derechos del aprendiz SENA, se consideran
estímulos o incentivos a aquellos beneficios y reconocimientos que se les
entregan a los aprendices como reconocimiento o valoración de actuaciones
meritorias o logros sobresalientes obtenidos en los ámbitos del aprendizaje,
actitudinal, investigativo, innovador o profesional.
Los
estímulos e incentivos forman parte del Plan Nacional Integral de Bienestar de
los Aprendices y de aquellos que, mediante alianzas o convenios, se adopten
para beneficio de los aprendices, entre ellos están:
a. Recibir
mención de honor por su proceso investigativo o innovador, durante su
proceso de aprendizaje.
b. Ser
postulado para realizar pasantía o intercambio nacional o internacional.
c. Ser
designado como monitor de un tema específico en el cual demuestre competencia,
en el programa de formación, en la especialidad y actividades de formación que
requiera su aporte.
d. Cuando
termine su proceso formativo y cumpla el perfil y requisitos necesarios para
llegar ser instructor, formará parte del semillero de nuevos instructores del
SENA, si así lo desea.
e.
Reconocimiento a los aprendices por parte del Comité Evaluación y Seguimiento
que se han destacado por su excelente desempeño académico y actitudinal, con
copia a la hoja de vida del aprendiz y empresa patrocinadora. Por la
representación y participación destacada en eventos de aprendizaje,
tecnológicos, culturales, sociales y deportivos a nombre del SENA, el aprendiz
podrá recibir reconocimiento, incentivo o distinción.
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